A pesar de que contamos con poca información respecto a las modificaciones que sufriría el Decreto Legislativo 716 -Ley de Protección al Consumidor- por medio de el diario " El Comercio" me he podido enterar que se está haciendo hincapié en el polémico término del "consumidor razonable".
Por más debate que pueda existir, tenemos que entender que la Superintendencia de Banca y Seguros siempre juega un rol predominante en cualquier modificación o creación de normas de carácter o con implicancias financieras, por lo tanto es un término que se va a reforzar a pesar de todo.
El Consumidor raonable es aquel que analiza y entiende las características, cualidades y dimensiones del producto que desea adquirir; este consumidor no podrá ser engañado ni aducir que lo han engañado porque simplemente es un consumidor "informado" y por lo tanto conoce plenamente lo que hace. Si bien no puede contar con conocimientos técnicos suficientes, podrá determinar qué es lo que está adquiriendo.
Ha simple vista suena bonito, pero cuando una secretaria técnica, una sala o el mismo tribunal tengan que interpretar la norma, siempre se tomará en cuenta la exigencia de la misma, la cual requiere una diligencia de consumidor razonable, entendiéndose que todo consumidor adquiere un producto teniendo ésta cualidad y no podrá defenderse con soltura si toma en cuenta este presupuesto normativo. En pocas palabras, indicar que a un consumidor le hicieron el "avión" será cada vez más difícil ya que se supone -a veces equivocadamente- que él conocía perfectamente lo que adquiría o el contenido del servicio recibido.
No debe sorprendernos que pueda existir en más de una ocasión asimetría informativa, es decir, falta de información de un producto o de un servicio. En el Perú esto sucede a cada momento teniendo en cuenta la necesidad por vender un producto o brindar un servicio, influyendo negativamente en la decisión de un consumidor, sea en relación de consumo o mediante avisos publicitarios, siendo estos últimos de mayor espectro o alcance.
No se puede negar que es un tema apasionante, ni tampoco quitarle el mérito a la labor de INDECOPI, pero así como algunos especialistas, me uno y solicito que también se trabaje de la misma forma con las provincias, que están tan olvidadas y poco educadas en materia de consumo, desconociendo totalmente sus derechos y cómo reclamarlos. Veamos con suma cautela el tratamiento que esta modificatoria que se viene en los próximos meses le pueda dar al tratamiento de los créditos y a los conocidos contratos de adhesión o "pre-impresos" (Aquellos en los cuales donde el único ejercicio de nuestra manifestación de voluntad está en firmarlo o no)
Observemos entonces.